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Uso obligatorio de BIM en proyectos públicos: análisis técnico de la Resolución Directoral N° 0007-2025-EF/63.01

Artículo técnico sobre la aprobación de la Nota Técnica de recursos tecnológicos para la adopción de BIM, el listado de tipologías de proyectos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales que aplicarán BIM, y la obligatoriedad progresiva en el marco del Plan BIM Perú.

1. Introducción

La Resolución Directoral N° 0007-2025-EF/63.01 marca un avance importante en la adopción de BIM dentro de la inversión pública peruana. La norma aprueba una Nota Técnica sobre características de software, hardware, entorno de datos comunes y otros recursos tecnológicos necesarios para la adopción de BIM, además de establecer un listado de tipologías de proyectos públicos que deberán desarrollarse aplicando esta metodología.

Esta disposición se enmarca en el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y en el Plan BIM Perú, con el objetivo de mejorar la transparencia, calidad, eficiencia y gestión de la información en proyectos de infraestructura pública.

2. Base normativa y contexto institucional

La adopción de BIM se sustenta en el Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 284-2018-EF. En dicho marco, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones tiene competencia para emitir metodologías colaborativas de modelamiento digital de la información.

Plan BIM Perú Instrumento orientado a implementar progresivamente BIM en la inversión pública.
PNCP 2024-2030 Incorpora como medida de política el Plan BIM Perú para infraestructura económica y social de calidad.
DGPMI Órgano encargado de emitir lineamientos y disposiciones para la adopción BIM en el SNPMGI.
Adopción progresiva La implementación BIM se desarrolla por fases, capacidades institucionales y tipologías priorizadas.

3. ¿Qué aprueba la Resolución Directoral N° 0007-2025-EF/63.01?

La resolución aprueba dos instrumentos principales:

Instrumento aprobado Alcance técnico
Nota Técnica de recursos tecnológicos para la adopción de BIM Define características de software, hardware, entorno de datos comunes y otros recursos tecnológicos necesarios para que las entidades identifiquen y seleccionen infraestructura tecnológica compatible con BIM.
Listado de tipologías de proyectos que aplicarán BIM Establece las tipologías de inversiones del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales en las que se desarrollará la aplicación obligatoria de BIM.

4. Tipologías de proyectos públicos que aplicarán BIM

La resolución establece un listado de tipologías de proyectos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales que deberán desarrollarse aplicando BIM.

1. Infraestructura de riegoProyectos hidráulicos y sistemas de riego.
2. Red de internet fijoInfraestructura de conectividad digital.
3. Infraestructura cultural públicaEspacios para industrias culturales y artes.
4. Educación superior universitariaInfraestructura universitaria pública.
5. Gestión institucional universitariaInfraestructura vinculada a gestión educativa superior.
6. ComisaríasInfraestructura policial.
7. Defensas ribereñasInfraestructura de protección frente a inundaciones y erosión fluvial.
8. Protección de quebradasObras de control y protección ante activación de quebradas.
9. Desembarcadero pesquero artesanalInfraestructura productiva pesquera.
10. Centros de CTIPromoción de ciencia, tecnología e innovación tecnológica.
11. Establecimientos de salud hospitalariosInfraestructura hospitalaria.
12. Carreteras departamentalesInfraestructura vial regional.
13. Carreteras nacionalesInfraestructura vial nacional.
14. Sistemas integrados de transporteInfraestructura de transporte urbano e intermodal.

5. Obligatoriedad de aplicación de BIM

La aplicación obligatoria de BIM depende de la fase del Ciclo de Inversión en la que se encuentre la inversión. La resolución diferencia entre inversiones a nivel de idea e inversiones que ya se encuentran en Formulación y Evaluación.

Situación de la inversión Aplicación obligatoria de BIM
Inversiones a nivel de idea La aplicación obligatoria de BIM comprende las fases de Formulación y Evaluación y Ejecución.
Inversiones en fase de Formulación y Evaluación La aplicación obligatoria de BIM comprende la fase de Ejecución, a partir de la elaboración del Expediente Técnico o documento equivalente, con excepciones específicas para determinadas tipologías.
Esta disposición implica que BIM no solo debe entenderse como modelado 3D, sino como un proceso de Gestión de la Información durante el desarrollo de inversiones públicas.

6. Adopción progresiva de BIM

Las entidades y empresas públicas bajo el ámbito del SNPMGI deben realizar un acondicionamiento previo conforme a los lineamientos de adopción progresiva de BIM.

Planificación Definir el alcance de adopción BIM y aprobar el Plan de Implementación correspondiente.
Adecuaciones internas Incorporar capacidades institucionales, gestión documental, roles, procesos y recursos tecnológicos.
Implementación Seleccionar inversiones donde se aplicará la Gestión de la Información BIM.
Capacidad de gestión Asegurar que la entidad cuente con condiciones técnicas, organizacionales y tecnológicas para aplicar BIM.

7. Entorno de Datos Comunes y recursos tecnológicos

La Nota Técnica aprobada por la resolución tiene como finalidad orientar la selección de infraestructura tecnológica para BIM. Esto comprende software, hardware, entorno de datos comunes y otros recursos necesarios para gestionar información digital de manera colaborativa.

Software BIM Herramientas de modelado, coordinación, revisión, gestión documental y control de interferencias.
Hardware Equipos con capacidad suficiente para procesar modelos, información gráfica y bases de datos del proyecto.
CDE Entorno de Datos Comunes para centralizar, compartir, revisar y controlar información del proyecto.
Recursos tecnológicos Infraestructura digital que permite trazabilidad, interoperabilidad y colaboración entre actores.

8. Impacto en expedientes técnicos y ejecución de obras

La obligatoriedad BIM genera implicancias directas en la elaboración de expedientes técnicos, documentos equivalentes y ejecución de obras públicas. Los proyectos deberán incorporar procesos de gestión de información, coordinación interdisciplinaria y control digital de entregables.

9. Vigencia de la resolución

La resolución establece plazos diferenciados de entrada en vigencia:

Artículo Vigencia
Artículos 2 y 4 Entran en vigencia a los sesenta días calendario contados desde el día siguiente de la publicación.
Artículo 3 Entra en vigencia a los doce meses contados desde el día siguiente de la publicación.
La publicación fue realizada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de agosto de 2025.

10. Recomendaciones para entidades y equipos técnicos

Para aplicar BIM de manera ordenada, las entidades deben evitar tratarlo como una exigencia aislada de software. La adopción debe abordarse como un proceso institucional de gestión de información.

11. Conclusión técnica

La Resolución Directoral N° 0007-2025-EF/63.01 consolida un paso relevante hacia la implementación obligatoria de BIM en inversiones públicas seleccionadas del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales. Su enfoque no se limita al modelado tridimensional, sino a la Gestión de la Información BIM como mecanismo para mejorar transparencia, coordinación, eficiencia y calidad en los proyectos.

Para los equipos técnicos, proyectistas y entidades públicas, esta disposición exige fortalecer capacidades, adoptar recursos tecnológicos adecuados, implementar entornos colaborativos y preparar documentos técnicos compatibles con el Plan BIM Perú.

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