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Guía Integral de Licencias de Edificación
Ley 29090 y D.S. 029-2019-VIVIENDA

Documento técnico consolidado elaborado a partir de las sesiones académicas sobre Licencias de Edificación, modalidades de aprobación, expedientes municipales, comisiones técnicas, observaciones frecuentes y procedimientos administrativos aplicables en el marco de la Ley N° 29090 y su Reglamento aprobado mediante D.S. N° 029-2019-VIVIENDA.

1. Marco Normativo

Las Licencias de Edificación en el Perú se encuentran reguladas principalmente por:

Ley N° 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones.
D.S. N° 029-2019-VIVIENDA Aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación.
Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.
Reglamento Nacional de Edificaciones Normas técnicas aplicables al diseño y ejecución de edificaciones.
La licencia de edificación constituye un acto administrativo emitido por la municipalidad que autoriza construir, ampliar, remodelar o demoler una edificación conforme a planos y especificaciones técnicas aprobadas.

2. Definición y efectos de la Licencia

La licencia produce la adquisición de derechos de construcción sobre el predio, permitiendo ejecutar la obra en los términos aprobados.

Aspecto Descripción
Acto administrativo Declaración de la entidad pública destinada a producir efectos jurídicos sobre derechos y obligaciones del administrado.
Derechos de construcción La licencia autoriza construir conforme al expediente aprobado.
Vigencia 36 meses desde su emisión.
Prórroga 12 meses adicionales por única vez.
Revalidación Procede vencida la licencia y bajo condiciones establecidas en el reglamento.

3. Modalidades de Licencias de Edificación

El D.S. 029-2019-VIVIENDA establece cuatro modalidades de aprobación:

Modalidad A Aprobación automática con firma de profesionales.
Modalidad B Evaluación previa por municipalidad o revisores urbanos.
Modalidad C Evaluación previa por Comisión Técnica o Revisores Urbanos.
Modalidad D Evaluación previa para proyectos de mayor complejidad técnica.

Modalidad A - Casos comprendidos

Las modalidades B, C y D requieren evaluación técnica previa y revisión de cumplimiento normativo, urbanístico y edificatorio.

4. Requisitos Comunes para Expedientes

Todo expediente municipal debe cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 61 y 64 del D.S. 029-2019-VIVIENDA, así como con el TUPA de la municipalidad.

Documento Descripción
FUE Formulario Único de Edificación firmado por administrado y profesionales responsables.
Derecho a edificar Documento que acredita propiedad o derecho de intervención.
Planos Arquitectura, estructuras, instalaciones sanitarias y eléctricas.
Memoria descriptiva Descripción técnica integral del proyecto.
Declaratoria existente Licencia previa, conformidad o declaratoria de fábrica.
Carta de seguridad Requerida en casos de demolición y obras específicas.

5. Elaboración del Expediente Técnico

La conformación del expediente debe ser integral y compatible entre todas las especialidades.

Planos requeridos

Arquitectura Plantas, cortes, elevaciones, cuadro de áreas y parámetros urbanísticos.
Estructuras Planos estructurales y memorias de cálculo compatibles con arquitectura.
Instalaciones Sanitarias Redes interiores, montantes, cisterna, bombeo y evacuación.
Instalaciones Eléctricas Tableros, diagramas unifilares, iluminación y puesta a tierra.

Plano de Ubicación

Uno de los documentos más observados por las Comisiones Técnicas. Debe incluir:

6. Procedimiento Administrativo y Principios

La Ley 27444 regula los principios aplicables al procedimiento administrativo:

Principio de Legalidad La entidad actúa conforme al marco normativo vigente.
Presunción de Veracidad Se presume cierta la información declarada por el administrado.
Celeridad El procedimiento debe tramitarse eficientemente.
Fiscalización Posterior La entidad puede verificar posteriormente la veracidad de la información.
Las municipalidades no pueden exigir requisitos distintos a los previstos en la Ley 29090 y su Reglamento.

7. Comisiones Técnicas y Revisores Urbanos

Las Comisiones Técnicas emiten dictámenes vinculantes respecto al cumplimiento de normas urbanísticas y edificatorias.

Tipo de Dictamen Descripción
Conforme Proyecto cumple las normas técnicas y urbanísticas.
Conforme con observaciones Existen observaciones subsanables.
No conforme El proyecto incumple normativa y requiere correcciones.

Observaciones comunes

8. Modificación de Proyectos Aprobados

Las modificaciones pueden ser sustanciales o no sustanciales.

Modificaciones No Sustanciales No afectan parámetros urbanísticos ni condiciones esenciales del proyecto.
Modificaciones Sustanciales Afectan seguridad, funcionalidad o parámetros urbanísticos y requieren nueva evaluación.
Las modificaciones sustanciales generan una nueva licencia y requieren evaluación previa por Municipalidad, Comisión Técnica o Revisores Urbanos.

9. Recomendaciones Técnicas para Evitar Observaciones

10. Conclusión Técnica

La adecuada elaboración de expedientes para licencias de edificación requiere dominio de la Ley 29090, del D.S. 029-2019-VIVIENDA, del Reglamento Nacional de Edificaciones y de los procedimientos administrativos municipales.

La correcta compatibilización técnica del expediente, la revisión de parámetros urbanísticos, el control de observaciones recurrentes y la adecuada sustentación normativa son esenciales para reducir observaciones y optimizar los tiempos de aprobación municipal.

Un expediente técnicamente consistente y normativamente compatible incrementa significativamente la probabilidad de obtener una licencia sin observaciones mayores.

11. Referencias Técnicas Consolidadas

HTML consolidado elaborado a partir de las sesiones académicas adjuntas: Modalidades de licencias, requisitos, expedientes técnicos, procedimientos administrativos, comisiones técnicas, observaciones frecuentes y modificaciones de proyectos.

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